En tanto, los agentes que detenten una antigüedad mínima, continua y permanente de 4 años en la categoría, serán promovidos 2 categorías.
En otro orden, los agentes que detenten una antigüedad mínima, continua y permanente de 2 años y revisten en las categorías 1 a 23, serán promovidos a la categoría inmediata superior.
Cabe consignar, que se considerará al solo efecto del cómputo de la “antigüedad en la categoría de revista”, la antigüedad que registraba como personal contratado en la categoría dentro del mismo nomenclador, al 31 de diciembre de 2020 y sólo tendrá en cuenta la prestación efectiva de servicio dentro de la Administración Pública Provincial.
Asimismo, se computará la rejerarquización dispuesta por el artículo 2º del Decreto Acuerdo Nº 3555-S-2021.
Las disposiciones citadas serán de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2021.
El decreto Acuerdo mencionado fue refrendado por todos los ministros del Gabinete Provincial.