El Tribunal Oral Federal resolvió rechazar el pedido de prescripción del delito de amenazas coactivas formulado por la defensa de Milagro Sala, motivo por el cual puede recibir condena máxima de prisión efectiva de cuatro años en un unidad penal federal, que se podrían sumar los tres años de prisión en suspenso a los que fue oportunamente condenada por el delito de daños agravados.
Al respecto, Luciano Rivas subrayó que “este fallo mata el relato de que Sala es una presa política, ya que es una delincuente condenada y así lo ratificó la Justicia Federal y la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
“La Justicia funciona”, afirmó y consideró que “debe ser inminente el traslado de la condenada a una unidad carcelaria federal, puesto que así lo establece la ley”.
Se trata de la causa iniciada por el ataque perpetrado en el año 2009 por Milagro Sala en detrimento de Gerardo Morales, entonces senador de la Nación; y de Leandro Despouy, auditor general de la Nación; en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy. Cabe recordar, que es la primera causa iniciada en el fuero federal en contra de Sala que derivó en condena por daños agravados a tres años de prisión en suspenso, instancia en la que el tribunal interviniente consideró la prescripción del delito de amenazas coactivas.
Frente a esta decisión, la querella recurrió la sentencia en la órbita de la Cámara de Casación de la Nación que, a la postre, ordenó al Tribunal Oral Federal dicte una nueva sentencia por el delito de amenazas coactivas que fue probado en juicio.
“En consecuencia, a los 3 años de condena oportunamente dictada, se deberían sumar otros 4 años más, ya que Sala es penalmente responsable de los delitos que se le imputan”, advirtió Rivas en compañía del Dr. Daniel Vivas, abogado de la querella, la cual también integra el Dr. Enrique Vergara.
Tras recordar que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación también confirmó el fallo de la Cámara de Casación”, explicó que “la querella requirió se efectivice la condena de prisión en una unidad penal federal, en este caso la unidad carcelaria federal en ciudad de Güemes, Salta”.
“El Tribunal Oral Federal debe dictar sentencia y dar cumplimiento cuanto antes a lo dispuesto por sus órganos superiores”, remarcó.
Por otra parte, señaló que “la defensa de Milagro Sala utilizó un mecanismo jurídico para procurar la impunidad de la imputada, que es la figura de la prescripción, que fue refutada por la querella”. “El Tribunal Oral Federal resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa de la condenada, puesto que intentó una chicana procesal a los efectos de procurar su impunidad y eludir de esta manera lo ordenado por la Justicia que no es otra cosa que cumplir la condena de la cual fue encontrada culpable”, enfatizó Rivas.